Guía 2025: Cómo hacer un acuerdo de pago con la DIAN y evitar embargos


¿Tienes deudas con la DIAN? No entres en pánico, actúa…


Enfrentar deudas con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) puede ser estresante, pero ignorar el problema solo empeora la situación. La buena noticia es que existe una solución estratégica: la facilidad o acuerdo de pago. Este mecanismo legal te permite ponerte al día con tus obligaciones fiscales sin comprometer tu estabilidad financiera.


Esta guía optimizada para SEO te explicará de forma clara y directa todo lo que necesitas saber en 2025 para solicitar un acuerdo de pago, qué beneficios obtienes y cuáles son las graves consecuencias de incumplirlo.


¿Qué es un Acuerdo de Pago DIAN y por qué te conviene?


Un acuerdo de pago es, en esencia, una refinanciación de tu deuda con la DIAN. La entidad te concede un plazo extendido para pagar tus impuestos, sanciones e intereses a través de cuotas pactadas.


Importante: Un acuerdo de pago no es un perdón de la deuda. Los intereses de mora seguirán corriendo sobre el saldo pendiente hasta que pagues todo.


Beneficios clave de un acuerdo de pago


Mientras cumplas con las cuotas, obtendrás ventajas cruciales:

  • Adiós al cobro coactivo: La DIAN debe suspender el proceso de cobro en tu contra.
  • Protección contra embargos: Se detienen y previenen medidas como el embargo de tus cuentas bancarias, salarios o bienes. Incluso se pueden levantar los embargos ya existentes.
  • Tranquilidad y liquidez: Al liberar tus fondos, puedes seguir operando, pagar nóminas y a proveedores, manteniendo tu negocio a flote.

El fundamento legal de estos acuerdos es el Artículo 814 del Estatuto Tributario, que faculta a la DIAN para otorgar plazos de hasta cinco (5) años, y en casos excepcionales, hasta siete (7) años.

¿Quién puede solicitar un acuerdo y qué deudas se incluyen?

Tanto personas naturales como jurídicas (empresas) pueden solicitar una facilidad de pago. Puedes incluir la mayoría de las deudas administradas por la DIAN, como:  

  • Impuesto de Renta
  • Impuesto sobre las Ventas (IVA)
  • Sanciones e intereses

¡Cuidado! La gran excepción: Retención en la Fuente

Las deudas por retención en la fuente no pueden incluirse en un acuerdo de pago. Una declaración de retención presentada sin el pago total se considera "ineficaz", es decir, como si no se hubiera presentado. La DIAN considera estos fondos como recursos públicos que el agente retenedor no entregó, lo que puede acarrear consecuencias penales.  

Tipos de Acuerdos de Pago: Elige tu mejor opción

El proceso cambia según el plazo que necesites. El punto clave es el umbral de un año.

  • Acuerdos de hasta 1 año (Sin garantía): Es la opción más sencilla. No necesitas ofrecer una garantía real, siempre que no hayas incumplido otro acuerdo de pago en el último año. Se formaliza con un acta, agilizando el trámite.  
  • Acuerdos de más de 1 año (Con garantía): Si necesitas más de 12 meses, es obligatorio constituir una garantía que respalde la deuda. Las garantías aceptadas incluyen hipotecas, pólizas de seguro, avales bancarios o el ofrecimiento de bienes para embargo.
  • Dato clave 2025: Se aceptan garantías personales (un tercero que te respalde) solo para deudas que no superen las 3.000 UVT. Con la UVT de 2025 fijada en   $49,799 , este límite es de   $149,397,000.

Cómo Solicitar tu Acuerdo de Pago con la DIAN: Guía Paso a Paso

Paso 1: Prepara tu solicitud escrita

Redacta una carta formal dirigida a la Dirección Seccional de la DIAN de tu domicilio. Asegúrate de incluir :  

  • Tus datos completos (nombre/razón social, NIT).
  • El detalle de cada deuda que quieres incluir.
  • Tu propuesta de pago: plazo, número de cuotas y valor de cada una.
  • La descripción de la garantía que ofreces (si el plazo es mayor a 1 año).
  • Tus datos de contacto.

Paso 2: Reúne los documentos

Un expediente completo es clave para la aprobación. Necesitarás :  

DocumentoPersona NaturalPersona JurídicaSolicitud EscritaSíSíCopia Documento de IdentidadSíSí (del Rep. Legal)Certificado de Existencia y Rep. LegalNoSí (vigencia < 1 mes)Soportes FinancierosSíSíDocumentos de la GarantíaSí (si aplica)Sí (si aplica)Soporte de Abono InicialRecomendadoRecomendado

Paso 3: Radica la solicitud

Entrega todos los documentos en la ventanilla de la División de Documentación de tu Dirección Seccional (la que aparece en la casilla 12 de tu RUT).  

¡Alerta Máxima! Las graves consecuencias de incumplir un acuerdo

La DIAN tiene una política de cero tolerancia con los incumplimientos. Fallar en una sola cuota o no pagar una nueva obligación tributaria que surja durante el acuerdo activa consecuencias inmediatas y severas.  

  • Revocación del acuerdo: Se anula el plazo y la DIAN te exigirá el pago inmediato del saldo total de la deuda.  
  • Reactivación del cobro coactivo: La DIAN procederá de inmediato a :
    • Ejecutar la garantía que ofreciste.
    • Embargar y rematar tus bienes: Cuentas bancarias, propiedades, salarios, etc.
  • Otras consecuencias:
    • Reporte en el Boletín de Deudores Morosos del Estado, lo que afecta tu reputación y te impide contratar con el Estado.  
    • Posibles procesos penales, especialmente si la deuda es por IVA o retenciones.  

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Acuerdos de Pago DIAN

  • ¿El trámite tiene algún costo? No, es totalmente gratuito y no necesitas intermediarios.  
  • ¿Los intereses de mora se congelan? No. Los intereses se siguen causando sobre el saldo hasta que la deuda sea pagada en su totalidad.  
  • ¿Puedo usar un saldo a favor para pagar la deuda? Sí, puedes solicitar la compensación de la deuda con saldos a favor que tengas en otras declaraciones.  
  • Si me otorgan un acuerdo por una deuda de IVA, ¿se detiene el proceso penal? No. La acción penal es independiente del cobro administrativo y continúa su curso en la Fiscalía.  

Conclusión: Actúa ahora y recupera tu tranquilidad

Un acuerdo de pago con la DIAN es una herramienta poderosa para ganar tiempo, proteger tu liquidez y suspender embargos. Pero también es un compromiso serio: incumplir una sola cuota puede reactivar todo el proceso de cobro.

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