Impuesto Diferido NIC 12: Guía Completa 2025 con Casos Prácticos para Colombia
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La contabilidad financiera y la contabilidad fiscal operan bajo paradigmas fundamentalmente distintos, aunque interconectados. Mientras que el objetivo primordial de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) es proporcionar información útil para la toma de decisiones económicas de inversores y acreedores, reflejando la realidad económica y el desempeño financiero de una entidad bajo el principio de devengo, las normativas fiscales, diseñadas por las legislaturas nacionales, buscan principalmente la recaudación de ingresos públicos y la implementación de políticas económicas o sociales.
Esta divergencia ontológica crea una brecha inevitable entre la "Utilidad Contable" (o ganancia financiera antes de impuestos) y la "Renta Líquida Gravable" (o ganancia fiscal).
Introducción: El Imperativo del Reconocimiento Fiscal en los Estados Financieros
La Norma Internacional de Contabilidad 12 (NIC 12), titulada "Impuesto a las Ganancias", surge como el mecanismo regulatorio esencial para cerrar esta brecha informativa. Su propósito no es simplemente calcular el cheque que se debe girar a la DIAN, sino reconocer las consecuencias fiscales futuras de las transacciones presentes.
Si los estados financieros ignoraran estas consecuencias futuras, el patrimonio de la entidad estaría incorrectamente valorado, pues se estarían reconociendo beneficios económicos (activos) sin reconocer la obligación tributaria inherente a su realización futura, o viceversa.
Del Método del Diferimiento al Método del Pasivo Basado en el Balance
Históricamente, bajo normativas locales como el antiguo Decreto 2649 de 1993 en Colombia, predominaba el "Método del Diferimiento" o el enfoque del Estado de Resultados. Este método se centraba exclusivamente en las "diferencias temporales" (timing differences)—partidas que afectaban la utilidad contable y la renta fiscal en periodos diferentes pero que, en teoría, se compensaban matemáticamente con el tiempo.
Sin embargo, la NIC 12 introdujo un cambio de paradigma radical al adoptar el Método del Pasivo Basado en el Balance (Balance Sheet Liability Method). Este enfoque, intelectualmente más robusto y alineado con el Marco Conceptual de las NIIF, desplaza el foco desde el estado de resultados hacia el estado de situación financiera (balance general).
La premisa fundamental: Cada activo o pasivo reconocido en el balance tiene una "Base Fiscal" y un "Importe en Libros". Si estos dos valores difieren, existe una Diferencia Temporaria (concepto más amplio que la diferencia temporal del método anterior).
Ventajas del Método del Pasivo Basado en el Balance.
Este cambio no es meramente semántico. Al centrarse en el balance, la NIC 12 captura efectos fiscales que el método del diferimiento ignoraba, como los surgidos de:
- La revaluación de activos (que va al Otro Resultado Integral y no al PyG)
- Las diferencias de cambio en moneda extranjera de activos/pasivos no monetarios
- Los efectos de combinaciones de negocios (plusvalía)
Este enfoque garantiza que el balance refleje todos los derechos (activos por impuestos diferidos) y obligaciones (pasivos por impuestos diferidos) latentes, proporcionando una imagen fiel de la solvencia de la entidad.
Base Fiscal: El Corazón de la NIC 12
La determinación de la base fiscal es, sin lugar a dudas, el paso más crítico y propenso a errores en la aplicación de la NIC 12.
Definiciones Fundamentales
Base fiscal de un activo: El importe que será deducible de los beneficios económicos imponibles que obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios económicos no tributan, la base fiscal será igual a su importe en libros.
Base fiscal de un pasivo: Su importe en libros menos cualquier importe que sea deducible fiscalmente en el futuro.
Diferencias Temporarias vs. Permanentes: Taxonomía Completa
Aunque la NIC 12 ha abandonado técnicamente el término "diferencia permanente", su comprensión es vital para la conciliación de la tasa efectiva y la planificación fiscal estratégica.
Diferencias Temporarias (El Dominio del Impuesto Diferido)
Estas surgen de la discrepancia entre el balance NIIF y el balance fiscal. Se dividen taxativamente en:
Diferencias Permanentes (El Dominio de la Tasa Efectiva)
Las diferencias permanentes son aquellas transacciones que afectan la utilidad contable o la renta fiscal, pero nunca ambas, y cuya diferencia no se revierte en el tiempo.
Estas partidas NO generan impuesto diferido porque no hay consecuencias fiscales futuras; el impacto es definitivo en el periodo corriente.
Categorización para Colombia
A. Gastos No Deducibles (Aumentan la Tasa Efectiva):
1. Multas y Sanciones: El pago de una multa administrativa reduce la utilidad contable, pero la ley tributaria colombiana (Art. 124 ET) prohíbe expresamente su deducción.
2. Gastos sin soporte: Compras sin factura electrónica válida (crucial en Colombia con la obligatoriedad de facturación electrónica).
3. Límites de deducibilidad: En Colombia, solo es deducible el 50% del Gravamen a los Movimientos Financieros (4x1000). El otro 50% es una diferencia permanente.
4. Gastos en paraísos fiscales: Pagos a entidades en jurisdicciones no cooperantes tienen restricciones especiales.
5. Donaciones que exceden límites: Solo deducible hasta el 30% de la renta líquida ordinaria.
B. Ingresos No Constitutivos de Renta (Disminuyen la Tasa Efectiva):
1. Dividendos: Si una matriz recibe dividendos de una subsidiaria que ya pagó impuestos sobre sus utilidades, estos dividendos suelen ser exentos para evitar la doble tributación económica.
2. Indemnizaciones por Seguros de Daño Emergente: La parte de la indemnización que cubre el daño emergente (reposición del activo) no es gravada si se reinvierte.
C. Deducciones Especiales (Incentivos Fiscales):
1. Deducción por Ciencia y Tecnología: Colombia permite deducir hasta el 175% del gasto incurrido en I+D (Art. 158-1 ET). Ese exceso sobre el 100% real es una diferencia permanente a favor del contribuyente.
2. Descuento tributario por inversión en activos fijos: Algunos regímenes permiten descontar del impuesto un porcentaje de la inversión.
Metodología de Cálculo: Algoritmo de 6 Pasos
El cálculo del impuesto diferido no debe ser un ejercicio aislado al final del año, sino un proceso sistemático. Proponemos un algoritmo de seis pasos robusto para auditores y contadores expertos.
Paso 1: Mapeo del Balance General
Extraer el Estado de Situación Financiera bajo NIIF definitivo. Es imperativo que este balance ya incluya todos los ajustes de cierre:
- Valoración de instrumentos financieros
- Provisiones actuariales
- Ajustes por moneda extranjera
Advertencia crítica: Cualquier cambio posterior en las cifras NIIF alterará el cálculo del diferido.
Paso 2: Determinación de Bases Fiscales (Conciliación Fiscal)
Para cada partida del activo y pasivo, determinar su base fiscal aplicando la normativa vigente del Estatuto Tributario colombiano.
Alerta de Auditoría: Verificar partidas que no están en el balance NIIF pero tienen base fiscal, como:
- Costos de organización llevados al gasto en NIIF pero amortizables fiscalmente
- Gastos preoperativos
Herramienta práctica: Crear una columna adicional "Base Fiscal" en tu balance.
Paso 3: Cálculo de la Diferencia Temporaria
Fórmula matemática:
DT = Valor en Libros - Base Fiscal
Identificar si es Imponible o Deducible según la lógica de activos/pasivos descrita anteriormente.
Paso 4: Selección de la Tasa Impositiva
La NIC 12 exige usar las tasas fiscales que hayan sido aprobadas o sustancialmente aprobadas al final del periodo sobre el que se informa.
Matiz de Recuperación en Colombia
Si la legislación contempla tasas diferentes según la forma de recuperación:
- Tasa del 35% por uso ordinario
- Tasa del 15% por ganancia ocasional en venta
La entidad debe aplicar la tasa consistente con su expectativa de recuperación del activo. En activos no depreciables (como terrenos) medidos al modelo de revaluación, se presume frecuentemente la recuperación por venta.
Reformas Tributarias
Escenario crítico:
Si en diciembre del Año X se aprueba una reforma que modifica la tasa a partir del Año X+1, y la diferencia temporaria revertirá en X+1, se debe recalcular todo el pasivo diferido acumulado usando la nueva tasa.
Este ajuste impacta directamente el resultado del periodo X (o el ORI, según corresponda).
Impacto financiero: Una reforma que incrementa la tasa aumenta los pasivos diferidos y reduce los activos diferidos, afectando negativamente el patrimonio.
Paso 5: Test de Recuperabilidad de Activos Diferidos
El reconocimiento de pasivos diferidos es obligatorio (salvo contadas excepciones), pero el reconocimiento de activos diferidos está limitado por el principio de prudencia.
La Regla de la Probabilidad
Solo se reconocen DTA en la medida en que sea PROBABLE que se disponga de ganancias fiscales futuras contra las cuales cargar esas diferencias deducibles o pérdidas fiscales.
Fuentes de Utilidad Fiscal Futura:
1. Reversión de diferencias temporarias imponibles existentes (DTL). Si tengo un pasivo diferido que vence en el mismo año que mi activo diferido, puedo netearlos y reconocer el activo.
2. Ganancias fiscales futuras esperadas (proyecciones financieras sólidas con evidencia de contratos, análisis de mercado, etc.).
3. Oportunidades de planificación fiscal (ej. vender activos apreciados para generar ganancia gravable).
El Caso Especial de las Pérdidas Fiscales
Principio NIC 12 párrafo 35:
"La existencia de pérdidas fiscales no utilizadas es una fuerte evidencia de que puede no disponerse de ganancias fiscales futuras."
Para reconocer el activo, la entidad necesita "evidencia convincente" de lo contrario:
✅ SÍ reconocer si:
- Las pérdidas se debieron a costos de arranque no recurrentes
- Existe cambio demostrable en modelo de negocio
- Contratos firmados garantizan ingresos futuros
❌ NO reconocer si:
- Las pérdidas se deben a un modelo de negocio fallido
- Competencia feroz persiste
- Solo proyecciones optimistas sin respaldo
Advertencia: Reconocer este activo sin sustento sólido es una causa común de reexpresión de estados financieros por parte de la Superintendencia Financiera.
Paso 6: Asignación del Gasto (Backwards Tracing)
El impuesto diferido debe reconocerse en el mismo rubro donde se reconoció la transacción subyacente.
Presentación y Revelación en Estados Financieros
La nota de impuestos es una de las más escrutadas por los analistas. La NIC 12 exige revelaciones extensas para asegurar la transparencia.
Conciliación de la Tasa Efectiva (ETR Reconciliation)
Es obligatorio presentar una conciliación numérica entre el gasto por impuesto y el producto de la ganancia contable por la tasa aplicable. Esta conciliación puede presentarse en montos monetarios o en porcentajes.
Modelo de Presentación Sugerido:
Insight: Si la Tasa Efectiva (38,0%) es consistentemente mayor que la Nominal (35%), indica ineficiencias fiscales o gastos no productivos desde la óptica tributaria.
Compensación (Offsetting)
Una entidad no debe compensar activos y pasivos por impuestos diferidos a menos que:
1. ✅ Tenga el derecho legal reconocido de compensar los importes frente a la DIAN
2. ✅ Los activos y pasivos se deriven de impuestos correspondientes a la misma autoridad fiscal
3. ✅ Se refieran a la misma entidad gravable (o grupo fiscal consolidado)
Implicación práctica: Una multinacional no puede netear el DTA de su filial en Perú con el DTL de su filial en Colombia. Deben mostrarse brutos en el consolidado.
Preguntas Frecuentes
¿Cuándo se reconoce un activo por impuesto diferido?
Un activo por impuesto diferido se reconoce cuando es probable que se disponga de ganancias fiscales futuras suficientes contra las cuales cargar las diferencias temporarias deducibles o pérdidas fiscales. Se requiere evidencia convincente, especialmente cuando existen pérdidas históricas.
¿Por qué las diferencias permanentes no generan impuesto diferido?
Las diferencias permanentes afectan solo el periodo en que ocurren y nunca se revierten. Como el impuesto diferido reconoce consecuencias fiscales futuras, y las permanentes no tienen efecto futuro, no generan activos ni pasivos diferidos. Solo afectan la tasa efectiva del periodo corriente.
¿Cómo afecta la revaluación de activos fijos al impuesto diferido?
Cuando revalúas un activo bajo NIIF, su valor en libros aumenta pero la base fiscal (para la DIAN) permanece en costo histórico. Esta diferencia crea un pasivo por impuesto diferido que se reconoce en ORI (Otro Resultado Integral), no en resultados, aplicando el principio de backwards tracing.
¿Qué pasa si cambia la tasa de impuesto de renta en Colombia?
Debes recalcular todos los saldos de impuesto diferido usando la nueva tasa que aplicará cuando las diferencias se reviertan. El ajuste se reconoce en resultados del periodo en que se aprueba la reforma (o en ORI si corresponde). Una subida de tasa aumenta pasivos diferidos y reduce activos diferidos.
¿El deterioro de cartera NIIF 9 genera impuesto diferido?
Sí. El deterioro bajo NIIF 9 (pérdidas esperadas) generalmente no es deducible inmediatamente para la DIAN, creando una diferencia temporaria deducible que genera un activo por impuesto diferido. Este activo representa el beneficio fiscal que se materializará cuando la DIAN acepte la deducción.
¿Cómo se presenta el impuesto diferido en el balance?
Los activos y pasivos por impuesto diferido se presentan como no corrientes en el balance. Solo pueden compensarse si se refieren a la misma autoridad fiscal y entidad legal. En consolidados de grupos con filiales en diferentes países, deben presentarse por separado.
Conclusiones
La NIC 12 no es un mero ejercicio de cumplimiento aritmético; es una herramienta sofisticada de comunicación financiera. A través del Método del Pasivo Basado en el Balance, la norma obliga a las entidades a reconocer la realidad ineludible de que las decisiones contables de hoy tienen consecuencias de caja fiscales mañana.
La distinción rigurosa entre diferencias temporarias (que crean puentes de tiempo en la tributación) y diferencias permanentes (que alteran la carga tributaria estructural) es fundamental para la gestión financiera. Mientras que las primeras requieren financiación temporal, las segundas requieren gestión estratégica de costos y estructuras corporativas.
En un entorno donde las normativas fiscales se vuelven cada vez más complejas—Pilar 2 de la OCDE (impuesto mínimo global del 15%), impuestos digitales, mayor intercambio automático de información tributaria—la maestría sobre la NIC 12 se convierte en una competencia crítica diferenciadora.
En LAV Tributaria, con más de 20 años de experiencia asesorando multinacionales en Colombia (COFCO, Festo, Kärcher, McCormick), consolidamos nuestra autoridad como el referente técnico en impuesto diferido y planificación fiscal internacional.
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